Código Procesal Penal: Salta aplaza la implementación del nuevo sistema acusatorio

La entrada en vigencia del nuevo codigo procesal penal en Salta, prevista para el Distrito Centro, fue diferida por tres meses mediante un decreto que activó la prórroga contemplada en la Ley Nº 8520. La decisión se tomó luego de que la Defensoría General y la Procuración General expusieran dificultades de organización, falta de personal y carencias tecnológicas para sostener el modelo acusatorio adversarial. Referentes judiciales como Miguel Antonio Medina, Pedro Arancibia y Fernando Díaz coincidieron en que el texto normativo es positivo, pero remarcaron que sin estructura, conectividad y recursos suficientes su aplicación plena podría traer serios problemas operativos.

Prórroga del nuevo Código Procesal Penal y alcances del decreto oficial

La postergación del nuevo codigo procesal penal en Salta quedó formalizada a través de un decreto del Poder Ejecutivo provincial publicado en el Boletín Oficial. En ese instrumento se citó el artículo 460 de la Ley Nº 8520, que habilita a diferir por un trimestre la implementación del esquema acusatorio adversarial en caso de inconvenientes para su puesta en marcha.

De acuerdo con lo que establecía el calendario original, el sistema debía comenzar a regir en el Distrito Centro desde el mismo día de la publicación. Sin embargo, el acto administrativo suspendió su aplicación efectiva y fijó como nuevo horizonte el mes de mayo, manteniendo mientras tanto el régimen procesal anterior para la tramitación de las causas penales en esa jurisdicción.

La medida se tomó luego de los informes elevados por la Defensoría General y la Procuración General, donde se detallaron problemas de organización interna, falencias en la asignación de personal, limitaciones en equipamiento y complicaciones en la infraestructura tecnológica necesaria para audiencias orales grabadas y transmisiones en tiempo real. Esos planteos fueron el fundamento técnico principal para recurrir a la prórroga prevista por ley.

Consultado sobre el alcance del decreto, el exjuez federal de Salta Miguel Antonio Medina consideró que la decisión estaba dentro de lo que podía anticiparse y que el Ejecutivo tuvo en cuenta los señalamientos formulados por los organismos del Ministerio Público. “Distintas circunstancias que se han hecho públicas justificaron la necesidad de postergar la entrada en vigencia por tres meses más”, explicó.

Dudas por la capacidad del sistema

Medina fue uno de los operadores que participó en la implementación del sistema acusatorio en la Justicia Federal entre 2019 y 2021, experiencia que utiliza como parámetro para analizar lo que ocurre ahora con el codigo procesal penal salteño. Desde esa mirada, definió a la nueva normativa como “una herramienta muy buena”, especialmente por el rol que asigna a los jueces de garantías en el control de las actuaciones fiscales.

Según el exmagistrado, el modelo acusatorio adversarial le imprime mucha más rapidez a la resolución de los casos. Sostuvo que se trata de “un sistema sumamente ágil, que permite definir los casos en mucho menos tiempo. En una sola audiencia se puede condensar gran parte del procedimiento, con la intervención de todas las partes y una decisión judicial inmediata”. Para que ese esquema funcione, remarcó, es clave la organización de audiencias continuas y la presencia simultánea de fiscales, defensores y jueces.

No obstante, Medina advirtió que esa misma agilidad procesal implica una exigencia diaria muy alta sobre la estructura del Poder Judicial y del Ministerio Público. Planteó que “el juez de garantías y los fiscales tienen una tarea muy demandante, con varias audiencias por día”, lo que obliga a contar con una dotación suficiente de personal capacitado. En ese sentido, mencionó que circulan versiones sobre vacantes de fiscales, falta de defensores y cargos sin cubrir, lo que a su criterio puede traducirse en “serias dificultades operativas” una vez que el codigo procesal penal se empiece a aplicar en forma plena.

El exjuez señaló además que el cambio de lógica —pasar del expediente escrito a la oralidad permanente y al registro audiovisual— no solo requiere más recursos humanos, sino también una reorganización de las tareas administrativas y de la agenda judicial. Sin esa adecuación, consideró que el modelo corre el riesgo de saturar a los equipos y generar demoras contrarias al objetivo de celeridad que busca la reforma.

Conectividad, infraestructura y costos del nuevo sistema

Al analizar los aspectos materiales vinculados al codigo procesal penal, Medina relativizó el peso del edificio como problema central y remarcó que la Ciudad Judicial representa un avance importante desde el punto de vista edilicio. Sin embargo, puso el foco en un punto crítico: la conectividad indispensable para sostener audiencias orales grabadas y transmisiones estables, tanto en la capital como en el interior.

“Todo el sistema está basado en audiencias grabadas y transmitidas. Si no hay buena conectividad, especialmente en zonas como Cafayate, hablar de sistema acusatorio es muy difícil”, advirtió, destacando que el registro audiovisual obligatorio requiere internet confiable, equipamiento adecuado y soporte técnico permanente. Sin esos elementos, las audiencias podrían frustrarse o quedar mal registradas, afectando la transparencia y el control de las actuaciones.

El exmagistrado también incorporó la dimensión económica al debate sobre la entrada en vigencia del nuevo codigo procesal penal. Señaló que la reforma procesal puede significar mayores gastos para el Poder Judicial y el Ministerio Público, tanto en infraestructura tecnológica como en personal especializado y capacitación continua. “Este cambio puede demandar mayores gastos para el Poder Judicial y el Ministerio Público. En un contexto de restricción presupuestaria, eso puede convertirse en un problema serio”, advirtió.

La normativa fue aprobada en noviembre de 2025 y plantea una transformación completa en la forma de tramitar las causas penales. Deja de lado el expediente escrito tradicional y coloca en el centro a las audiencias orales, con presencia de las partes, registro en video y mayor exposición pública de la labor fiscal. Para sostener esa dinámica a diario se necesitan salas equipadas, sistemas informáticos estables y operadores entrenados en el uso de estas herramientas.

Advertencias de Pedro Arancibia y comparación con el fuero federal

Desde el Colegio de Abogados, el presidente del Instituto de Derecho Penal y Procesal Penal, Pedro Arancibia, separó el contenido del codigo procesal penal de la forma en que se organizó su implementación. Afirmó que el texto en sí no es el principal problema, sino la ausencia de una planificación profunda para adaptarse a las exigencias del nuevo modelo acusatorio.

Arancibia sostuvo que “la estructura judicial no estaba preparada. Y si en este tiempo no se hacen adecuaciones profundas, probablemente el sistema funcione mal o directamente fracase”, en referencia al riesgo de que la falta de ajustes organizativos termine afectando el rendimiento del código. Enumeró dificultades logísticas y tecnológicas que, según indicó, se mantienen sin solución concreta.

Entre esas deficiencias mencionó sistemas informáticos inestables, falta de equipamiento adecuado, problemas de conectividad en el interior de la provincia y una reasignación de personal que, a su entender, aún no se ordenó de manera clara. Remarcó que “no se puede aspirar a la oralidad plena si se caen los sistemas o si las audiencias virtuales se hacen con el teléfono personal de un policía o de un secretario. Eso es un absurdo total”, al describir escenas que, de repetirse, dificultarían la práctica cotidiana de las audiencias.

El abogado penalista graficó la situación con una metáfora: comparó la reforma con “ponerle una carrocería nueva a un auto viejo”, en alusión a la distancia entre la letra moderna del codigo procesal penal y la estructura actual que debería sostenerlo. También cuestionó el proceso previo de discusión normativa, al recordar que el Colegio de Abogados fue convocado formalmente durante el tratamiento legislativo, pero “ninguna de nuestras propuestas fue incorporada. El proyecto vino cerrado y así se aprobó”, relató sobre el trámite de aprobación.

Arancibia contrastó lo que ocurre en Salta con la experiencia de implementación del Código Procesal Penal Federal. Recordó que, en ese ámbito, se dedicó más de un año a instancias de capacitación antes de que el sistema comenzara a regir, lo que permitió entrenar a los operadores judiciales y administrativos. Utilizó ese antecedente para insistir en que la transición hacia el modelo acusatorio requiere tiempo, formación intensiva y planificación previa.

La mirada de Fernando Díaz y las expectativas para mayo

En una línea coincidente respecto de la necesidad de demorar la puesta en marcha del codigo procesal penal, el abogado penalista Fernando Díaz sostuvo que la prórroga era “inevitable”. Señaló que para febrero no estaban dadas las condiciones materiales mínimas para activar el nuevo régimen procesal en el Distrito Centro, tanto en términos de personal como de tecnología y organización interna.

Díaz, sin embargo, valoró positivamente el contenido del código. Aseguró que “el Código es beneficioso y necesario. Haría más ágil el proceso, mejoraría el acceso a la justicia y garantizaría mejor los derechos tanto de las víctimas como de los imputados”. Destacó que el modelo acusatorio adversarial apunta a la oralidad, la publicidad de las audiencias y la transparencia en la toma de decisiones, cuestiones que —bien aplicadas— pueden reducir plazos y dar más claridad a las partes involucradas.

El penalista hizo hincapié además en que el nuevo codigo procesal penal incorpora mecanismos alternativos de resolución de conflictos, como instancias de mediación y acuerdos reparatorios. En ese marco subrayó: “Hoy las cárceles están hacinadas. No todo conflicto debe terminar con una persona privada de su libertad”, aludiendo a la posibilidad de evitar el encarcelamiento en ciertos casos mediante soluciones consensuadas.

Aun así, Díaz coincidió con otros especialistas en que la estructura actual de la Justicia provincial no está en condiciones de absorber el volumen de causas bajo un esquema de audiencias orales permanentes. Indicó que la oralidad plena demanda una organización distinta de la carga de trabajo, con agendas de audiencias ajustadas, salas disponibles y equipos de apoyo suficientes. Advirtió que, si esos cambios no se concretan de aquí a mayo, el funcionamiento del sistema podría verse comprometido cuando el codigo procesal penal comience a regir en la nueva fecha fijada por decreto.