El sistema penitenciario de Salta registra 3.765 presos alojados, mientras que la capacidad declarada es de 2.895 plazas. La diferencia llega a 870 personas y el nivel de ocupación ronda el 130%, según datos del Servicio Penitenciario de la Provincia. El relevamiento repite una situación de sobreocupación y muestra que el mayor grupo de internos está vinculado a causas por delito contra la integridad sexual. Las cifras incluyen tanto a personas condenadas como a detenidos que todavía atraviesan un proceso judicial.
Dentro de la población relevada, 1.156 internos figuran en expedientes por delitos contra la integridad sexual. Esa cantidad representa el 30,85% del total de personas alojadas en las unidades penitenciarias provinciales.
El dato no permite establecer cuántos de esos internos cuentan con una sentencia firme. La clasificación utilizada por el Servicio Penitenciario agrupa a condenados y a personas que permanecen privadas de su libertad mientras avanza una investigación o un juicio.
Los delitos sexuales encabezan el registro de presos en Salta
Los delitos contra la propiedad ocupan el segundo puesto en la nómina. El informe consigna 994 internos bajo esa categoría, equivalentes al 26,53% de la población considerada en el registro penitenciario.
Luego aparecen los casos identificados como otros delitos contra las personas, con 901 personas alojadas. Ese grupo representa el 24,05% del total informado por el Servicio Penitenciario de Salta.
Por causas vinculadas a la Ley 23.737 de estupefacientes se contabilizan 419 internos, el 11,18% del universo relevado. A su vez, 151 personas están detenidas por delitos contra la libertad, segmento que alcanza el 4,03%.
El detalle incluye medidas de seguridad y desobediencia judicial
La estadística también registra 46 personas alojadas bajo medidas de seguridad, cifra que equivale al 1,23% del total. En tanto, los expedientes por desobediencia judicial reúnen a 44 internos, el 1,17%.
Además, el informe enumera 19 personas por delitos contra la administración pública, 15 por portación ilegítima de armas y dos incluidas en la categoría de otros delitos.
La Ley 8.277 regula el acoso sexual en espacios públicos
El acoso sexual callejero cuenta con un encuadre normativo particular y no debe confundirse de manera automática con los delitos contra la integridad sexual incluidos en las estadísticas de presos. A nivel nacional, fue incorporado en 2019 como una modalidad de violencia contra las mujeres en el espacio público.
La normativa contempla acciones verbales o no verbales de contenido sexual que afecten la dignidad, la integridad, la libertad o la libre circulación de una persona. También abarca conductas que generen un ambiente hostil u ofensivo.
En Salta, la Ley 8.277 incorporó una sanción al Código Contravencional para conductas físicas o verbales con connotación sexual en lugares públicos o de acceso público, siempre que el hecho no constituya un delito. La norma prevé arresto de hasta 20 días o multa de hasta 20 días.


La cárcel federal de Cerrillos quedó bajo presión por un informe nacional
Milei impulsa un nuevo control de celulares en cárceles