Un proyecto presentado en la Cámara de Diputados de Salta busca modificar el Código Contravencional para aumentar las sanciones contra la organización de fiesta clandestina en toda la provincia, con multas más altas, posibles arrestos y responsabilidad solidaria entre dueños de inmuebles y organizadores, a partir del crecimiento de estos eventos en barrios de la capital y del norte salteño.
La Legislatura salteña comenzó a analizar una propuesta para reformar el Código Contravencional y aplicar sanciones más duras a quienes organicen cualquier tipo de fiesta clandestina en la provincia. La iniciativa, impulsada por el diputado provincial Guillermo Kripper, plantea subir el rango de multas, incorporar la posibilidad de arresto y fijar criterios claros para evaluar la gravedad de cada caso. El cambio se apoya en el aumento de estos encuentros, muchos de ellos con presencia de menores, venta de alcohol y hechos de violencia en distintos puntos de Salta.
De acuerdo con los fundamentos del proyecto, en los últimos años se registró un crecimiento sostenido de eventos ilegales en barrios de la ciudad y en localidades del norte provincial, con episodios que incluyeron agresiones, intoxicaciones y accidentes. Ante esta situación, el legislador propone actualizar la normativa vigente para que las autoridades puedan actuar con un marco sancionatorio más acorde a los riesgos que generan estas reuniones masivas sin control.
La reforma se concentra en el artículo 124 del Código Contravencional, que regula las infracciones vinculadas a reuniones y espectáculos sin autorización. La propuesta no solo redefine las conductas consideradas falta, sino que también reorganiza la escala de penalidades y suma parámetros objetivos para determinar la sanción que corresponda en cada expediente.
Multas, arresto y nuevas conductas sancionadas por fiesta clandestina
El texto presentado por Kripper establece un aumento importante en el rango de sanciones económicas para quienes organicen o faciliten una fiesta clandestina sin cumplir con las autorizaciones o normas de seguridad exigidas. Las multas previstas irían de 30 a 80 días, con la posibilidad de aplicar además arresto cuando la situación lo amerite, según la gravedad del hecho y las consecuencias que se generen.
Entre las conductas alcanzadas por la reforma se enumeran los eventos organizados en casas, galpones, fincas u otros inmuebles que no cuenten con habilitación o que no reúnan las condiciones que exigen las normativas vigentes. También se incorporan como infracción específica los casos en que se permita la presencia de menores fuera del horario habilitado o se habilite el ingreso de personas en evidente estado de ebriedad.
Otra situación que quedaría contemplada como falta contravencional es la venta de bebidas alcohólicas a asistentes que ya se encuentren intoxicados. Según el proyecto, este tipo de conductas agrava el riesgo en las reuniones masivas y requiere un tratamiento particular dentro del Código, para que la autoridad de control pueda intervenir con mayor respaldo legal.
La iniciativa detalla además que las sanciones podrán acumularse cuando en una misma fiesta clandestina se verifiquen varias de estas infracciones, de manera que la respuesta contravencional sea proporcional al nivel de peligro generado para las personas que participan del evento.
Responsabilidad solidaria y penas más altas cuando hay lucro
Uno de los cambios centrales que incorpora la propuesta es la figura de responsabilidad solidaria entre el organizador de la fiesta y el propietario del inmueble donde se realice. Ambos quedarían alcanzados por las sanciones previstas y deberían responder conjuntamente por las infracciones detectadas, sin posibilidad de desligarse mutuamente cuando intervenga la Justicia contravencional.
De esta manera, el proyecto busca que no solo se sancione a quien promociona o arma la fiesta clandestina, sino también a quien facilita el lugar sin verificar habilitaciones ni condiciones de seguridad. Según el texto, este esquema pretende desalentar la cesión de espacios para encuentros ilegales que puedan derivar en accidentes, abusos o situaciones de violencia.
Otro punto relevante es el agravamiento de la pena cuando el evento tenga fines de lucro. Si se cobra entrada, se venden bebidas o se obtienen ganancias de cualquier tipo, la sanción deberá incrementarse en un tercio respecto de la escala establecida. Esta suba aplica sobre el total de la multa que se fije, tomando como referencia la gravedad del hecho y las circunstancias que se acrediten en cada actuación.
El proyecto también incorpora criterios concretos para graduar la sanción: el tamaño del lugar utilizado para la fiesta clandestina, la cantidad de asistentes que concurran y la eventual reincidencia de los involucrados. Estos parámetros deberán ser considerados por la autoridad competente al momento de definir tanto los días de multa como la procedencia o no del arresto.
Fundamentos de Guillermo Kripper y alcance territorial de la reforma
En los fundamentos de la iniciativa, Guillermo Kripper remarcó que en distintos barrios de Salta capital y del norte de la provincia se han reportado episodios vinculados a fiestas clandestinas con “situaciones de violencia, abusos, accidentes e intoxicaciones que el Estado no puede desatender”. El legislador afirmó que la modificación “fortalece la capacidad de prevención del Estado y aporta un marco sancionatorio proporcionado al riesgo real que estas prácticas generan”, según consta en el texto presentado.
La propuesta tiene alcance provincial y se aplicaría a todo el territorio salteño una vez que sea tratada y, eventualmente, aprobada por la Legislatura. En esta etapa, el proyecto quedó a disposición de las comisiones correspondientes, donde se analizará el detalle de la reforma del artículo 124, las nuevas figuras contravencionales y la actualización de las penalidades previstas para este tipo de eventos.

