La discusión por la cuota alimentaria volvió a quedar en el centro en Orán, esta vez por una resolución judicial que involucró a abuelos y a su nieto. La jueza Ana María Carriquiry dejó sin efecto la obligación alimentaria que pesaba sobre los abuelos paternos de un niño, después de revisar su situación económica y de salud. El expediente se había iniciado por un reclamo de la madre del menor, que pidió un porcentaje de las jubilaciones de ambos adultos mayores. La magistrada entendió que los dos están en una condición de vulnerabilidad y resolvió declarar inaplicable el artículo 668 del Código Civil en este caso.
La jueza de Orán dejó sin efecto el aporte que se había pedido a los abuelos
La causa se tramitó en el Juzgado de Primera Instancia de Personas y Familia de 2° Dominación de Orán, a cargo de Ana María Carriquiry. Allí se analizó el planteo presentado por la madre del niño, que había solicitado como alimentos provisorios el 30% de la jubilación de los abuelos y, para la etapa definitiva, el 40%.
Sin embargo, durante el análisis del expediente, la jueza concluyó que no correspondía mantener esa carga sobre los adultos mayores. Según se informó, tanto el abuelo como la abuela cobran una jubilación mínima, y esa situación fue determinante al momento de resolver el caso.
En su decisión, la magistrada consideró que ambos atraviesan un cuadro de vulnerabilidad. Por eso, dispuso dejar sin efecto la obligación alimentaria que recaía sobre ellos, en un expediente donde el eje estuvo puesto en la capacidad real de los obligados a responder con sus ingresos.
El fallo puso el foco en la vulnerabilidad económica y en la edad de los adultos mayores
Al explicar su criterio, Carriquiry señaló que se encontró con “dos abuelos con una jubilación mínima, que viven por debajo de la línea de la pobreza y son mayores de 70 años”. Esa descripción fue uno de los puntos centrales de la resolución.
También comparó esa realidad con la de la madre del niño. Sobre ese aspecto, indicó que la mujer tiene 26 años, trabaja y además recibe beneficios sociales del Estado. Desde esa mirada, entendió que el caso debía analizarse con las condiciones concretas de cada una de las personas involucradas.
La jueza agregó: “Sin descuidar el tema de la obligación del padre biológico, analizo que el niño tiene cubiertas las necesidades básicas. Este adulto mayor, que es diabético, no puede salir a trabajar y la mamá de 26 años sí puede”. Luego remarcó: “Una cosa es la ley y otra cosa es la justicia”.
Qué dijo la magistrada sobre el padre del niño y cómo se encuadró la medida
En sus declaraciones, Carriquiry aclaró que la situación del padre no quedó afuera del análisis. De hecho, indicó que tiene prohibido salir del país y que además se le retiró la licencia de conducir hasta que cumpla con el pago correspondiente.
Sobre ese punto, sostuvo: “Hay una inmensa falta de responsabilidad de parte de los jóvenes. Los abuelos, en un porcentaje muy alto, tienen la guarda de los nietos. Creo que el problema es de educación porque no se nos educa en el manejo de las emociones”.
La postura de la jueza de Orán fue acompañada por el juez cordobés Gabriel Tavip. El magistrado afirmó: “Hemos tomado conciencia de que hay que ver en cada caso concreto lo que corresponde. Muchas veces estamos frente a situaciones de vulnerabilidad”. También señaló que “en esos supuestos, lamentablemente, hay que buscar otras soluciones para que el derecho alimentario de los nietos se vea cumplido”.

