La Cámara de Apelaciones confirmó una cuota alimentaria en un caso que involucra a una madre, su hijo de 16 años y el padre con quien el adolescente vive de manera habitual. Aunque el expediente no fue presentado como una causa penal, el fallo tiene lectura de interés para familias de Salta porque ordena un aporte económico regular y remarca que la crianza no queda a cargo de una sola persona. La resolución fijó el pago en el 30% del salario de la mujer, al considerar las necesidades cotidianas del menor.
El tribunal analizó cómo se organiza la vida diaria del adolescente y tuvo en cuenta que el padre afronta gastos vinculados con comida, educación, salud y otros puntos necesarios para su desarrollo. Por esa razón, la Cámara de Apelaciones entendió que la madre debía participar de manera estable en la cobertura económica.
El padre asumía el cuidado diario del hijo
Según la resolución, la convivencia habitual con uno de los progenitores no elimina la responsabilidad del otro. Los jueces remarcaron que la obligación alimentaria nace del vínculo parental y alcanza tanto a madres como a padres, más allá de quién comparta la casa con el menor.
Además, el fallo aclaró que las ayudas esporádicas no reemplazan una cuota establecida por la Justicia. En ese sentido, compras de ropa, útiles escolares u otros elementos pueden ser tomadas como colaboraciones, pero no sustituyen el pago mensual ordenado en el expediente.
Los magistrados también se refirieron a la perspectiva de género y señalaron que ese criterio no implica dar ventajas automáticas a una de las partes. La decisión judicial indicó que debe revisarse cada situación concreta para evitar desigualdades o tratos discriminatorios. El aporte quedó establecido en el 30% del salario de la madre.


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