Un chofer de 36 años fue imputado de manera provisional por homicidio culposo en una causa que investiga una víctima fatal en El Carril. Según informó el Ministerio Público Fiscal, la acusación está vinculada con la muerte de Francisco Javier Valdez, de 50 años, luego de un choque entre un colectivo y una motocicleta ocurrido el 20 de mayo de 2025. La fiscalía sostuvo que las pericias incorporadas al expediente señalaron exceso de velocidad y falta de respeto a la prioridad de paso por parte del conductor de la unidad de SAETA.
La imputación fue realizada por el fiscal penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Santiago López Soto. Durante la audiencia, el acusado estuvo asistido por una defensa particular y decidió no prestar declaración. La investigación también incorporó estudios toxicológicos practicados tanto al imputado como a la víctima, con resultado negativo para alcohol y drogas de abuso.
El Carril quedó en el centro de la causa por el análisis de la mecánica del choque
El hecho bajo investigación ocurrió en la esquina de San Rafael y Hernando de Lerma, en la localidad de El Carril. En ese cruce impactaron una unidad de transporte público del corredor 5 de SAETA y la motocicleta que manejaba Francisco Javier Valdez.
Por la violencia del choque, el motociclista sufrió heridas graves y fue trasladado al hospital San Bernardo. Más tarde se confirmó su fallecimiento, situación que dio lugar al avance de la causa penal.
La reconstrucción incorporada al expediente indicó que la moto circulaba de este a oeste por Hernando de Lerma, mientras que el colectivo avanzaba de sur a norte por San Rafael. A partir de esa secuencia, la fiscalía entendió que la motocicleta tenía prioridad de paso, ya que ingresaba desde la derecha del colectivo.
La pericia apuntó al chofer por velocidad superior a la permitida
Uno de los elementos centrales del caso fue la pericia accidentológica realizada por el Cuerpo de Investigaciones Fiscales. Ese informe técnico concluyó que el conductor profesional se desplazaba a una velocidad mínima estimada de 49,98 km/h.
De acuerdo con la investigación, el choque se produjo en una encrucijada urbana sin semáforo, donde la velocidad máxima permitida es de 30 km/h. En ese punto, la fiscalía sostuvo que el colectivo iba por encima del límite reglamentario.
Además, el informe agregó que el siniestro podía haberse evitado físicamente si el vehículo hubiera circulado a velocidad permitida y si se respetaba la prioridad de paso. Ese análisis fue incorporado como parte de los fundamentos de la imputación provisoria.
La víctima fatal murió después del impacto y el acusado no declaró
En los argumentos del caso, la Fiscalía citó el artículo 41 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, que establece: “Todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha”. Esa norma fue mencionada en relación con la trayectoria de ambos vehículos al momento del choque.
Por otra parte, los estudios toxicológicos realizados tanto al chofer imputado como a Francisco Javier Valdez dieron resultado negativo para alcohol y drogas de abuso. En la audiencia de imputación, el hombre de 36 años fue asistido por un abogado particular y optó por no declarar.

