Tres condenados por estafas vinculadas con préstamos, pagarés y juicios ejecutivos recibieron penas en Salta tras un acuerdo homologado por la Justicia. La resolución alcanzó al abogado Lucas Ignacio Molinas Grondona, a Mirta del Valle López Nogales y a Jesús Federico Díaz. Además de las sanciones, deberán desistir de procesos civiles iniciados con los documentos investigados y promover la restitución de fondos embargados o inmovilizados en cuentas judiciales a los damnificados.
El juez Ignacio Colombo validó el juicio abreviado luego de que los imputados admitieran los hechos, su participación y las calificaciones legales planteadas en la causa. Por el Ministerio Público Fiscal intervino la fiscal penal interina de la Unidad de Delitos Económicos Complejos, Ana Inés Salinas Odorisio.
La pesquisa se inició después de que jueces de los Juzgados Civiles y Comerciales de Procesos Ejecutivos detectaran irregularidades en expedientes destinados al cobro judicial de pagarés. Entre otras situaciones, se advirtió que se repetían direcciones atribuidas a distintas personas demandadas, incluso domicilios inexistentes, deshabitados o pertenecientes a terceros.
Las condenas y las obligaciones por los pagarés investigados
Molinas Grondona fue condenado a 3 años de prisión de ejecución condicional, una multa de $15.000 y una inhabilitación especial efectiva por 3 años para ejercer la abogacía. La sentencia lo declaró coautor de 64 hechos de estafa procesal en concurso real, 24 estafas procesales en concurso ideal con falsificación de instrumento privado, 50 estafas procesales en concurso ideal con abuso de firma en blanco y usura agravada, todo en concurso real.
Para López Nogales, la pena impuesta fue de 3 años de prisión de ejecución condicional y una multa de $15.000. La condena comprendió 48 hechos de estafa procesal en concurso real, 22 hechos de estafa procesal en concurso ideal con falsificación de instrumento privado, 48 hechos de estafa procesal en concurso ideal con abuso de firma en blanco y usura agravada, también en concurso real.
Díaz recibió 8 meses de prisión de ejecución condicional como coautor de 6 hechos de estafa procesal en concurso real. En los tres casos, el acuerdo incorporó deberes que exceden las penas fijadas, ya que los condenados deberán intervenir ante los juzgados civiles para cerrar los reclamos vinculados con los pagarés alcanzados por la investigación.
El plazo para desistir de los procesos civiles
Los acusados cuentan con 15 días hábiles posteriores a la homologación para desistir del derecho y de los procesos en todos los juicios ejecutivos relacionados con los hechos por los que fueron condenados. Para ello, deberán presentar los escritos y cumplir las actuaciones necesarias ante los Juzgados Civiles y Comerciales de Procesos Ejecutivos.
Dentro de ese mismo plazo deberán promover las presentaciones necesarias para que se liberen y restituyan a los damnificados los montos depositados, retenidos o constituidos a plazo fijo en las cuentas judiciales de los expedientes involucrados. Los tres prestaron conformidad con esta medida en el marco del acuerdo.
La resolución prevé además la distribución entre las víctimas del dinero en efectivo secuestrado durante la investigación. El monto establecido para esa compensación es de $4.624.000 y USD 8.200. El cumplimiento de las obligaciones deberá acreditarse antes de que dos de los condenados puedan solicitar el levantamiento de las cautelares vigentes, entre ellas la inhibición general de bienes y la inmovilización de fondos y activos financieros.
Cómo funcionaban las estafas detectadas en Salta
La causa tuvo origen en informes remitidos al Ministerio Público Fiscal por los jueces Claudio J. Fernández Viera, Ricardo López Arias y Lucía Brandan Valy. Los magistrados civiles habían advertido inconsistencias en numerosos trámites iniciados para exigir el cobro de pagarés y dispusieron suspensiones preventivas en los expedientes donde aparecieron esas irregularidades.
Luego, la Unidad de Investigación UDEC del Cuerpo de Investigaciones Fiscales revisó actuaciones judiciales, verificó domicilios, cruzó información, analizó movimientos bancarios, relevó documentación y tomó testimonios. A partir de esas medidas, se reconstruyó una operatoria asociada al otorgamiento frecuente de préstamos a personas que atravesaban dificultades económicas.
Según la investigación admitida por los acusados, los pagarés eran utilizados posteriormente para iniciar acciones ejecutivas. En varios casos, quienes figuraban como demandados reconocieron haber solicitado dinero y firmado documentos, aunque desconocieron los importes, las fechas u otros datos que aparecían incorporados en los instrumentos presentados ante la Justicia.
En otros expedientes, las personas afectadas negaron directamente haber pedido préstamos o suscripto los documentos usados para promover las demandas. La utilización de direcciones ajenas, viviendas sin habitantes o domicilios inexistentes impedía que los demandados fueran notificados de manera correcta y pudieran ejercer su defensa en los procesos civiles.
Con los títulos presentados se obtenían embargos y otras medidas sobre haberes y bienes de las personas demandadas. Mientras los expedientes permanecían abiertos, el dinero descontado quedaba retenido o inmovilizado en cuentas judiciales. La fiscal Salinas Odorisio explicó durante la audiencia que una investigación penal en marcha no cerraba por sí sola los juicios ejecutivos ni habilitaba automáticamente la devolución de esos montos.
La investigación continuará respecto de un cuarto acusado
La fiscalía sostuvo que un debate oral habría requerido un tiempo considerable debido a la cantidad de hechos, expedientes y personas involucradas. El procedimiento abreviado permitió establecer las responsabilidades penales de los tres imputados, imponer las condenas y sumar obligaciones destinadas a frenar los reclamos civiles y recuperar los fondos retenidos.
La investigación también concluyó que Molinas Grondona y López Nogales otorgaban préstamos de dinero de manera habitual. De acuerdo con la acusación aceptada en el acuerdo, imponían intereses excesivos y se aprovechaban de la necesidad económica de los damnificados, conducta por la que ambos fueron condenados por usura agravada.
En abril, en el marco de medidas realizadas durante la pesquisa, se secuestraron pagarés, expedientes, documentación y otros elementos considerados relevantes. Ese material fue incorporado al análisis de los procesos ejecutivos, las constataciones de domicilios, los movimientos bancarios y los testimonios reunidos por los investigadores.
La eventual decisión sobre el decomiso de otros elementos secuestrados quedó pendiente. Esa cuestión será definida cuando se resuelva la situación procesal de un cuarto acusado que no formó parte del juicio abreviado. La causa continuará respecto de esa persona hasta la instancia de juicio.


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