La caza de iguana colorada fue autorizada en cinco departamentos de Salta, con un cupo de 40.000 cueros y pago en efectivo a los cazadores. La medida, enmarcada en el Proyecto Tupinambis, fija requisitos estrictos para la comercialización y controles técnicos sobre la fauna silvestre hasta marzo de 2026.
La provincia habilitó la caza de iguana colorada (Tupinambis rufescens) y su comercialización en cinco departamentos salteños, con un límite de 40.000 cueros para toda la temporada. La decisión, oficializada mediante la Resolución Nº 00847 publicada en el Boletín Oficial, regirá hasta el 31 de marzo de 2026 e incluye pagos al contado para los cazadores que entreguen piezas dentro de las medidas exigidas. El esquema forma parte del llamado Proyecto Tupinambis, que busca regular el aprovechamiento de esta especie utilizada históricamente en el Chaco salteño.
Caza habilitada de iguana colorada: departamentos alcanzados y plazos
La normativa establece que la caza de iguana colorada está permitida únicamente en los departamentos Anta, San Martín, Rivadavia, Orán y Metán, aunque en este último caso la actividad se restringe al municipio de El Galpón. Fuera de esas zonas, la captura y el traslado de ejemplares quedan prohibidos, según detalla la resolución de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
El período autorizado para la extracción se extiende desde la firma de la Resolución Nº 00847, difundida el martes 23 de diciembre en el Boletín Oficial, hasta el 31 de marzo de 2026. Durante toda la temporada de caza de iguana colorada rige un tope de 40.000 cueros, cifra que no podrá superarse bajo ningún concepto por parte de los operadores inscriptos.
Además del número máximo de piezas, la resolución marca un requisito clave: cada cuero debe tener un ancho mínimo de 30 centímetros, medido de manera transversal. Los ejemplares que no alcancen esa medida quedarán sujetos al decomiso por parte de la autoridad de aplicación, junto con posibles sanciones a quienes los intenten comercializar o transportar.
La Secretaría indicó que se implementarán controles específicos sobre el conteo y la medición de los cueros acopiados, tanto en los centros de almacenamiento como en los puntos de salida de la mercadería. De esta forma se buscará verificar que los cazadores y acopiadores respeten el cupo global y las dimensiones exigidas para cada animal faenado.
Pagos en efectivo y registros obligatorios para la caza
En el plano económico, la resolución fija un aforo de $200 por cada cuero de iguana colorada que cumpla con las condiciones formales y de tamaño. Ese valor se toma como referencia para la actividad comercial entre cazadores, acopiadores y empresas, y será el parámetro sobre el cual se calcularán cargos, tributos y eventuales multas por incumplimientos.
Los pagos a los cazadores por la caza de iguana colorada deberán hacerse en efectivo y al contado, según determinó la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. El objetivo declarado es que el ingreso llegue de manera directa a las comunidades que participan en la extracción del recurso, sin intermediaciones que diluyan el beneficio económico que genera la venta de los cueros.
Al mismo tiempo, la normativa exige que acopiadores y comerciantes se inscriban en registros oficiales antes de iniciar cualquier operación vinculada con el Proyecto Tupinambis. Para respaldar el traslado y la compra de los cueros, deberán contar con documentación específica, como hojas de ruta, guías de tránsito, planillas de cazadores y recibos de pago correspondientes a cada lote.
El texto incluye un régimen de sanciones considerado estricto para quienes no cumplan con los requisitos fijados. Entre las medidas contempladas se encuentran el decomiso de cueros fuera del cupo o sin papeles respaldatorios, además de multas económicas. La autoridad de aplicación tendrá la facultad de suspender o dar de baja a los operadores que reiteren infracciones.
Proyecto Tupinambis y controles ambientales sobre la iguana colorada
Desde el organismo ambiental se recordó que la iguana colorada es aprovechada desde hace décadas por comunidades originarias y criollas del Chaco salteño, principalmente por el valor de sus cueros. Señalaron, además, que el uso de esta especie está permitido en el ámbito nacional e internacional siempre que se respeten las normas ambientales vigentes.
La iguana colorada figura en el Apéndice II de la Convención CITES, dentro de la categoría de comercio significativo, lo que implica que su comercialización es controlada y requiere un seguimiento técnico sobre las poblaciones silvestres. En esa línea, la resolución plantea que el propósito del Proyecto Tupinambis es compatibilizar la conservación de la fauna nativa con el sostenimiento de economías de subsistencia en las zonas habilitadas.
Para evaluar el impacto de la caza sobre la especie, se prevé el registro detallado de los cueros acopiados, con conteo y medición en cada etapa de la cadena comercial. Esa información será utilizada por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable para monitorear la situación de las poblaciones naturales de iguana colorada en los departamentos Anta, San Martín, Rivadavia, Orán y Metán.

